En lo que constituye la primera medida concreta para intentar impedir que se realice el campeonato de jineteadas dentro del Festival de Doma y Folklore, el juez Oscar Patat tuvo que resolver si hacía lugar o no a la interposición de la medida cautelar. Y antes de resolver, leyó jusrisprudencia de Francia y de España, sobre todo del uso de animales en sacrificios religiosos y en la tauromaquia, ya que a nivel nacional no hay jurisprudencia respecto de que en las jineteadas (se realizan más de tres mil en el país) haya maltrato animal.
Después de un análisis del pedido de las entidades proteccionistas de los derechos animales, el juez decidió rechazar la petición, en parte, por extemporánea (se presentó el mismo viernes que comenzaba el festival) y, en parte, por compilar información que contradecía la posición de las entidades.
“No se advierte entonces, que en el desarrollo de la jineteada que nos convoca, ni en su comienzo ni después, en sus traslados, (preparación de tropillas en los predios de la Sociedad Rural, donde permanecen hasta su participación, traslado al Festival, jineteada propiamente dicha, traslado de regreso, con transporte adecuado, autorizados por SENASA, etc., siendo asistidos por médicos veterinarios) se realicen con claridad, evidencia o contundencia, actos o conductas de maltrato específico o de abuso al animal”, señaló Patat en un párrafo saliente de la resolución.
Se citó, además, lo informado por el médico veterinario de la Oficina de Medicina Veterinaria Legal de la Dirección General de Policía Judicial, Dr. Diego F. Argüello, cuando el año pasado intervino en la investigación penal por la muerte de los reservados La Pampeana y La Roseta. En esa oportunidad, Argüello reseñó: “….los animales no presentan malos tratos ni son sometidos a actos de crueldad, fueron examinados todos los días, presentando un buen estado físico general, sin signos o síntomas de enfermedad; se los continúa examinando en toda su trayectoria, desde su estadía en la Sociedad Rural hasta su arribo al predio del festival. El trato para su arreo, encierro en los transportes, colocación de bozales para su posterior palenqueo y demás manejo del animal, es la correcta para el manejo de tropillas de esta característica”.
Para el juez, no surgieron con evidencia ni suficiencia actos de maltrato o de sufrimiento innecesario a los animales y se desprendió sí, que se realizaron medidas efectivas para garantizar una mejor protección para ellos (lo que las propias amparistas señalan, aunque no resulten, para las mismas, suficiente), razón por las que decidió rechazar la acción intentada.
| Foto Gentileza: Paul Amiune |

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